Transparencia

Tabla de aplicabilidad

Fracción XXVIII

Artículo 66° de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur

Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones; 


Descripción: Para dar cumplimiento a lo establecido en esta fracción, todos los sujetos obligados deberán publicar una relación de las estadísticas de cualquier tipo que hayan generado en cumplimiento de sus facultades, competencias y/o funciones, y vincular a los documentos, bases de datos y/o sistemas donde se registran los resultados periódicos respectivos, los cuales deberán ofrecerse en formato abierto, de acuerdo con el concepto establecido en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en su artículo 3, fracción XII que a la letra dice:


"XII. Formatos Abiertos: Conjunto de características técnicas y de presentación de la información que corresponden a la estructura lógica usada para almacenar datos de forma integral y que facilitan su  procesamiento digital, cuyas especificaciones están disponibles públicamente y que permiten el acceso sin restricción de uso por parte de las personas usuarias;"


Asimismo, se deberán incluir los servicios en materia de acceso a la información y protección de datos personales, como la orientación y asesoría para ejercer los derechos de acceso a la información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales que todo sujeto obligado debe proporcionar.

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